
Oficializan el uso de la Boleta Unica de Papel para las elecciones nacionales
- Informe Vip
- 26 noviembre, 2024
- Nación
- Boleta Unica, Boletin Oficial
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El Poder Ejecutivo Nacional formalizó mediante el Decreto 1049/2024 la reglamentación de la Ley N°27.781 que establece la utilización de la Boleta Unica de Papel (BUP) en las elecciones nacionales. Esta medida busca garantizar mayor transparencia y equidad en el sistema electoral argentino.
Según el decreto, “la Boleta Unica de Papel, al garantizar la presencia de toda la oferta electoral en un único instrumento provisto por la Autoridad Electoral, representa un avance significativo en términos de transparencia y fortalece la institucionalidad democrática de la República Argentina”.
El viernes 18 de octubre, el presidente Javier Milei había promulgado la Ley N°27.781 que introduce modificaciones en el Código Electoral Nacional y establece el uso de la Boleta Unica de Papel como sistema de votación para todos los procesos electorales a nivel nacional.
La norma, sancionada por el Congreso en octubre, modifica diversos artículos de la Ley N°19.945, contemplando aspectos clave como el registro y oficialización de candidatos, el diseño y contenido de la Boleta Unica y las reglas para su implementación y uso en elecciones primarias, generales y del Parlamento del Mercosur.
La normativa incluye especificaciones técnicas sobre las dimensiones, composición gráfica y elementos de seguridad de las boletas. Por ejemplo, “las boletas que contuvieren hasta diez listas tendrán una extensión total de 25,98 centímetros” de ancho, mientras que aquellas con más de veinte listas alcanzarán los 66,62 centímetros.
Además, las boletas incluirán un “espacio destinado a la firma del Presidente de Mesa, la identificación del tipo y fecha de la elección” y estarán diseñadas de forma que “no podrá contener datos identificatorios que permitan individualizar las Boletas Unicas de Papel”.

