La oposición avanza con una ley que limitaría el uso de los decretos de necesidad y urgencia

Los bloques opositores en la Cámara de Diputados buscarán dictaminar este martes el proyecto que establece restricciones a la facultad del Poder Ejecutivo para emitir decretos de necesidad y urgencia (DNU). La iniciativa, que ya cuenta con media sanción del Senado, será tratada en un plenario conjunto de las comisiones de Asuntos Constitucionales, y Peticiones, Poderes y Reglamento a partir de las 14 horas.

Si se aprueban los dictámenes en comisión, el nuevo régimen de DNU podría ser sometido a votación en el recinto durante la próxima sesión, prevista para el miércoles 8 de octubre. Este avance acelerado de la oposición ha generado alerta en el Gobierno, que ha utilizado frecuentemente esta herramienta para implementar políticas, en lugar de enviar proyectos de ley al Congreso, una práctica que contradice lo establecido en el artículo 99 de la Constitución Nacional.

El mecanismo de los DNU fue incorporado en la reforma constitucional de 1994 con el propósito de permitir respuestas excepcionales en situaciones de emergencia que no admitieran demoras legislativas. Sin embargo, sucesivos gobiernos han hecho un uso extensivo de este instrumento, incluso en contextos que no justificaban su aplicación.

La normativa actual, establecida por la ley 26.122 sancionada en 2006, otorga un amplio margen de acción al Ejecutivo, ya que un DNU se mantiene vigente con la aprobación de una sola cámara. Para derogarlo, en cambio, se requiere el rechazo de ambas, una condición que rara vez se ha cumplido.

La reforma impulsada por el Senado modificaría este esquema: bastaría con el rechazo de una sola cámara para anular un decreto. Además, establece que todo DNU tendrá un plazo de 90 días desde su publicación para ser convalidado por el Congreso, o perderá validez. Asimismo, dispone que si un decreto es rechazado, el Poder Ejecutivo no podrá emitir otro sobre la misma materia durante el año parlamentario.