El Gobierno promulgó leyes de Financiamiento Universitario y Emergencia Pediátrica pero suspende su aplicación por cuestiones presupuestarias

El Poder Ejecutivo nacional promulgó las leyes de Financiamiento Universitario y de Emergencia Pediátrica, aunque decidió suspender inmediatamente su puesta en vigor mediante dos decretos publicados en el Boletín Oficial. Esta medida pospone la aplicación de ambas normas hasta que el Congreso Nacional defina su financiamiento específico e incluya las partidas correspondientes en el Presupuesto.

Los decretos 759/2025 y 760/2025, firmados por el presidente Javier Milei, fundamentan la decisión en el significativo impacto fiscal que generarían ambas leyes. Ambos instrumentos legales invocan el artículo 5 de la Ley 24.629, que establece que toda norma que autorice gastos debe prever explícitamente su financiamiento, so pena de quedar suspendida hasta la asignación presupuestaria correspondiente.

La Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria busca garantizar el sostenimiento económico de las universidades públicas en todo el territorio nacional. Entre sus disposiciones centrales, establece una actualización automática de los fondos según la variación del Índice de Precios al Consumidor medido por el INDEC.

Esta legislación universitaria también dispone que la Auditoría General de la Nación realice controles externos a las casas de estudio, cuyos resultados deberán ser remitidos al Poder Legislativo. El texto especifica que los recursos podrán provenir de incrementos en los ingresos corrientes recaudados por encima de lo presupuestado inicialmente.

Por otro lado, la Ley de Emergencia Pediátrica declara la emergencia sanitaria en salud infantil por un plazo de doce meses. Establece la asignación prioritaria de recursos para insumos críticos, infraestructura, medicamentos, vacunas y tecnologías médicas destinadas a la atención pediátrica.

La norma pediátrica prevé la recomposición salarial inmediata para el personal de salud y la exención del impuesto a las ganancias para quienes realicen actividades críticas, horas extras o guardias. Además, designa al Hospital Garrahan como institución de referencia nacional para la atención de alta complejidad.

Ambas leyes habían sido ratificadas por ambas cámaras del Congreso pese al veto presidencial original. El artículo 5 del decreto de emergencia pediátrica autoriza al Ejecutivo a reasignar partidas dentro del Ministerio de Salud y a utilizar reservas para contingencias sanitarias.

Se crea además una comisión de seguimiento que deberá producir informes trimestrales, integrada por legisladores, representantes del Ministerio de Salud, del COFESA y de la Sociedad Argentina de Pediatría. La normativa priorizará las acciones de salud infantil mientras dure la emergencia declarada.