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La Libertad Avanza presentó en la Legislatura Porteña un proyecto para retirar las ciclovías sin tráfico de CABA

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La Libertad Avanza presentó en la Legislatura Porteña un proyecto para retirar las ciclovías sin tráfico de CABA

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La bancada de la legislatura porteña de “La Libertad Avanza” presentó un polémico proyecto mediante el cual se solicita retirar las ciclovías con menos de 5% de cruces diarios.

Los objetivos del presente proyecto son realizar un análisis crítico de la denominada Red de Ciclovías desarrollada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y proponer una reducción de su extensión en función de su utilización efectiva, cuestionando el modelo de planificación impuesto al respecto en la Ciudad que responde a los lineamientos de “Movilidad Sostenible” de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas y que a la vez imita otros modelos similares en el mundo, sin la adecuada consideración de las diferencias de contexto y las características de otras ciudades que se toman como referencia para la adopción de dicho modelo.

En el proyecto se solicita que se retiren, en un plazo máximo de 120 días corridos, las ciclovías en las que se registró oficialmente una frecuencia menor al cinco por ciento de cruces diarios durante el último año respecto de la ciclovía de mayor frecuencia de cruces diarios registrados oficialmente durante el mismo período en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por otra parte, se prohíbe la instalación de ciclovías sin expresa, formal y previa autorización de la comuna en la que se proyecte la instalación de ciclovías.

Después, con posterioridad al cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1° , las comunas podrán solicitar el retiro de ciclovías de su distrito sin otro requisito que una autorización expresa, formal y previa por parte de la comuna en la que se proyecte retirar ciclovías.

La Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal de la comuna en la que se proyecte el retiro de ciclovías deberán contemplar la participación y las propuestas al respecto con audiencia de los vecinos de la comuna.

El Consejo de Coordinación Intercomunal solo podrá intervenir con posterioridad a la autorización mencionada en el párrafo anterior y al solo efecto de articular la implementación de lo resuelto por la comuna respectiva.

Por último, se incorpora un artículo donde se subraya que el Poder Ejecutivo no podrá exigir como requisito a las comunas ninguna clase de justificación o condición para la efectivización de lo resuelto por estas respecto de la instalación o retiro de ciclovías.

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